Contrato de admisión e ingreso
CONDICIONES GENERALES PARA LA ADMISIÓN E INGRESO EN LA RESIDENCIA
De una parte, Raúl Hernández Llorente, mayor de edad, con N.I.F. 23017393M, en nombre y representación de la Residencia Canina Somos Muy Perros, situada en Camino de Santiago 58, 30835 Sangonera La Seca (Murcia). Certificada como núcleo zoológico Código Rega ES300304440075.
De otra el RESIDENTE y el PROPIETARIO o POSEEDOR, cuyos datos se recogen en el formulario de Reserva Online o a través de otras vías de recepción establecidas.
Las partes intervinientes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la formalización del presente contrato y a tal efecto, EXPONEN
I.- Que el Centro Residencia Canina SOMOSMUYPERROS (en adelante la Residencia o el Centro), como Centro para el fomento y cuidado de animales de compañía, es un espacio destinado al alojamiento y atención de perros que por sus circunstancias familiares y/o sociales precisan confiar el cuidado de su perro en nuestro Centro.
II.- Que el Centro, Residencia y Escuela de Adiestramiento de animales de compañía cuenta con la preceptiva Autorización Administrativa de Funcionamiento concedida por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Región de Murcia.
III.- Que el PROPIETARIO conoce las instalaciones de la Residencia, así como las condiciones de alojamiento, sociales, sanitarias y económicas, considerándolas de su completa satisfacción, y estando interesado en que el Residente ingrese en el Centro.
IV.- Que el ingreso del Residente en el Centro se efectúa libremente por voluntad del PROPIETARIO y con su consentimiento o por voluntad de aquella persona que legalmente tiene atribuida la responsabilidad sobre la guardia y custodia del RESIDENTE.
V.- Que el PROPIETARIO se encuentra conforme con el Reglamento de Régimen Interno del Centro, un ejemplar del cual está disponible en el Reglamento Régimen Interno considerándose a todos los efectos como parte integrante e inseparable del presente contrato.
VI.- Que ambas partes han llegado al acuerdo de formalizar el presente CONTRATO DE ADMISIÓN E INGRESO que se regirá con arreglo a las siguientes CLÁUSULAS
Primera.- El presente contrato entrará en vigor el día de la fecha de ingreso del RESIDENTE en el Centro. Tanto la fecha como hora coincidirá con la recogida en la reserva.
Segunda.- EL RESIDENTE ocupará en el momento de su ingreso en el Centro una habitación, comprometiéndose al abono de la cantidad que se estipule en su reserva y en concepto de prestación de servicios básicos (Estancia y Tratamiento Asistencial) tal y como se definen en el Reglamento de Régimen Interno del Centro y de acuerdo con las tarifas que las partes firmantes declaran en este acto conocer y aceptar. A dicha cantidad se le añadirá el importe correspondiente al impuesto sobre el valor añadido (I.V.A.) vigente en cada momento. Si durante la estancia del RESIDENTE en el Centro, se produjera algún cambio en su situación, en sus necesidades asistenciales o en el tipo de habitación que ocupará, la tarifa a abonar se acomodará a la aplicable a la nueva situación de acuerdo con los precios vigentes en cada momento. Igualmente se hace constar que el Propietario o Poseedor abonará, de acuerdo con la tarifa vigente en cada momento, todos aquellos servicios que sobre los básicos demande a la Residencia.
Tercera.- El Centro se configura como un establecimiento privado, y en este sentido todos los Propietarios o Poseedores en el mismo estarán sujetos a las limitaciones derivadas del horario fijado para la apertura y cierre diario del Centro y de las normas de convivencia y utilización del mismo.
Cuarta.- El ingreso del Residente en el Centro se realiza previa confirmación de la reserva online.
Quinta.- El Centro no se hace responsable de objetos del Residente que puedan ser destrozados por el mismo en su habitación.
Sexta.-En caso de estancias de larga duración, el Propietario o Poseedor abonará a la Residencia, mensualmente y dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante domiciliación bancaria o mediante la forma de pago que más adelante se establece, el importe correspondiente a los servicios prestados, tanto básicos como complementarios, todo ello de acuerdo con la tarifa vigente en cada momento y según lo establecido en la Cláusula Segunda. Dichas tarifas serán actualizadas anualmente por la Residencia, actualización que será comunicada al Propietario o Poseedor y a los organismos administrativos competentes para el abono de las facturas mensuales giradas por el Centro. Los datos bancarios se corresponden con los reseñados en la reserva online.
Séptima.- Durante su estancia en el Centro, el Residente recibirá la prestación de los SERVICIOS BÁSICOS (Estancia y Tratamiento Asistencial) con el siguiente contenido:
- Alojamiento: El uso de la habitación en el régimen (individual, doble, compartido, etc.) contratado, así como la utilización y disfrute de las zonas de estancia común del Centro. La habitación se encontrará convenientemente equipada, permitiéndose al Residente disponer de utensilios propios siempre que no sean inadecuados o peligrosos. La habitación se encontrará dotada con la correspondiente cama en el caso en que el Propietario no aporte la suya propia y que será cambiada con la frecuencia necesaria.
- Alimentación: la prestación de este servicio se ajustará a las reglas establecidas en el Reglamento de Régimen Interior entre las que se destacan las siguientes:
- a. La alimentación se prestará en régimen de pensión completa (2 tomas al día).
- b. Todas las comidas se servirán en la habitación del Residente.
- c. Los menús se componen de pienso Premium, en la proporción adecuada para garantizar el aporte calórico y dietético adecuado. En el caso en que el perro no tome el pienso, se añadirán otros alimentos más apetitosos como paté para perros, etc. Junto con el menú ordinario se prepararán otros destinados a aquellos Residentes que precisen un régimen especial.
- d. Los Residentes se ajustarán al menú general del Centro, salvo que por indicación del Propietario precisaran un régimen especial, para lo cual el Propietario traerá su propia alimentación así como la pauta de administración. Fuera de los regímenes alimenticios que en cada caso correspondan no se servirán extras de ninguna clase.
- e. Se prestará la ayuda necesaria a los Residentes que no puedan comer por sí mismos, utilizando en su caso los medios técnicos precisos.
- Lavandería: comprenderá el lavado de la ropa de cama del Residente, ajustándose en todo caso a la tipología de las prendas para garantizar su higiene y conservación en buen estado. No se incluye en ningún caso el lavado en seco ni tintorería.
- Cuidado Higiénico-Sanitario del Residente: se garantiza el aseo diario de los Residentes consistente en cepillado en seco más acondicionador, limpieza de ojos, oídos y mucosas. Los útiles de aseo serán los adecuados para cada pelaje, el Propietario o Poseedor podrá dejar los útiles de limpieza que estime oportunos para tal caso. Este servicio se prestará en las condiciones fijadas en el Reglamento de Régimen Interno del Centro.
- Servicio de peluquería: En caso de que el Propietario desee que el Residente sea bañado, deberá contratar el servicio de peluquería, adaptándose a los horarios del mismo y realizando la reserva con antelación a su entrada en la Residencia. Dicho servicio puede ser de carácter externo a la Residencia no siendo responsable la misma de daños o problemas de ningún tipo derivados de este servicio externo. El servicio interno de baño atiende a las mismas condiciones de reserva y disponibilidad que el servicio externo, variando solamente la tarifa y los complementos técnicos detallados en el Reglamento de Régimen Interno.
- Control y Protección: Los Residentes tendrán derecho al uso de los servicios comunes existentes en el Centro, sujetos a las normas que puedan establecerse para un mejor aprovechamiento de los mismos. Los Residentes gozarán de libertad de movimientos en las áreas de uso común del Centro. El Propietario o Poseedor notificará a la Residencia el carácter del Residente de cara a compartir las áreas comunes de la Residencia con otros Residentes, y será el Propietario o Poseedor el que autorice si el Residente pueda estar o no junto a otros Residentes en las áreas comunes.
- En el caso de no estar autorizado por el Propietario o Poseedor a compartir áreas comunes, el Residente gozará de los mismos espacios y tiempo de esparcimiento que los demás Residentes pero siempre solo.
- En el caso de estar autorizado por el Propietario o Poseedor a compartir espacios comunes con otros Residentes, las salidas de los Residentes a las zonas comunes se realizarán de forma supervisada. El Propietario o Poseedor deberá aceptar los posibles riesgos derivados de las interacciones entre animales, que siempre serán de importancia menor al existir supervisión. Esto implica daños menores como arañazos, pequeños mordiscos o lesiones por torceduras o cortes. La Residencia no se hará responsable de los daños derivados de estas acciones.
- Durante la estancia del Residente en su habitación se procurará el suficiente descanso y tranquilidad para que el Residente este relajado; si por problemas de comportamiento el Residente se autolesiona, la Residencia pondrá las medidas oportunas para que se minimicen los daños y procurará pequeñas curas al Residente, pero si los daños precisan de asistencia veterinaria los gastos derivados de la misma correrán a cargo del Propietario o Poseedor.
- En el caso de que ingresen 2 o más Residentes de un mismo Propietario o Poseedor, estos deberán notificar si pueden estar juntos, comer juntos y/o si tienen algún problema entre ellos. Si en el desarrollo de su estancia se producen daños entre ellos, la Residencia tomará la decisión de separarlos en habitaciones individuales para no causar males mayores, debiendo el propietario abonar la diferencia de precio. La Residencia pondrá las medidas oportunas para que se minimicen los daños y procurará pequeñas curas a los Residentes, pero si los daños precisan de asistencia veterinaria los gastos derivados de la misma correrán a cargo del Propietario o Poseedor.
- Atención Veterinaria: Al ingreso del Residente se llevará a cabo por parte del Propietario o Poseedor la notificación a la Residencia de cualquier problema de salud o tratamiento veterinario, así como la entrega de la cartilla sanitaria actualizada, a partir de los cuales se comprenderán todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y mantener en el mayor grado posible la salud del Residente.
- De cada Residente existirá un expediente personal en el que constará la información personal, social y médica, así como la que pueda derivarse del programa a que esté sujeto el Residente, los informes técnicos correspondientes, diagnósticos, tratamientos prescritos y el seguimiento y evaluación del programa que se haya fijado así como las incidencias producidas en su desarrollo. El tratamiento de los datos recogidos en dichos expedientes quedará sometido a las reglas deontológicas del secreto profesional.
- Servicios Veterinarios: se prestarán al Residente servicios veterinarios en la forma y condiciones recogidas en el Reglamento de Régimen Interior del Centro. Cualquier otro servicio no comprendido en los anteriores, se reputará como SERVICIO COMPLEMENTARIO, no comprendido en la tarifa correspondiente a los básicos, y que será facturado de acuerdo con la utilización que se haga de ellos.
Octava.- El Propietario o Poseedor autoriza expresamente a la Residencia para que, en caso de que el estado de salud del Residente así lo requiera, adopte las decisiones necesarias en orden a su tratamiento, incluso su traslado al Centro Veterinario o a la Institución que más adecuada se juzgue para su atención o cuidado, comprometiéndose expresamente el Propietario o Poseedor a asumir todos los gastos (en caso en que le correspondan) que pudieran derivarse de tal traslado y/o de la estancia en el Centro o Institución aludida.
Novena.- En caso de que el Propietario o Poseedor del Residente no pueda estar comunicado mediante su estancia , el mismo nombrará a un “Poseedor Solidario” del Residente que actuará como Responsable de éste a todos los efectos y muy especialmente en la comunicaciones y notificaciones de la Residencia en relación a las condiciones de funcionamiento contenidas en el Reglamento de Régimen Interior, y en el supuesto de no poder ser localizado viene a autorizar a la Dirección de la Residencia para proceder al traslado del Residente al Centro Veterinario que le corresponda según convenga a la Residencia. De igual forma se compromete a poner en conocimiento de la Residencia cualquier variación sobre los datos aportados a la misma en este u otros documentos como son: domicilios, teléfonos de contacto, relación de familiares, etc. En relación con cualquier tipo de incidente, comunicación o cuestiones referentes a la salud del Residente, la Residencia solo estará obligada a ponerlo en conocimiento del Propietario o Poseedor Solidario, el cual será el responsable de comunicarlo al resto de familiares que considere oportuno.
Décima.- Ambas partes, el Residente y sus Responsables Solidarios y el Centro, se comprometen a cumplir todas las Estipulaciones que le sean de aplicación contenidas en el Reglamento de Régimen Interno de la Residencia (RRIR).
Undécima.- La Residencia manifiesta tener concertada una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil.
Decimosegunda. Protección de Datos: El Propietario o Poseedor consiente que, de acuerdo con el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679, de Protección de Datos, los datos que nos ha facilitado sean integrados en el fichero Clientes incluido en el Registro de Actividades del que es responsable Raúl Hernández Llorente, los cuales serán utilizados para poder llevar a cabo el seguimiento de las relaciones comerciales que nos vinculan, así como para la gestión económica y contable del Centro. Asimismo, el Propietario o Poseedor consiente en la cesión de los datos a las Entidades Colaboradoras para gestionar las prestaciones derivadas de los mismos (clínicas, peluquerías).
Los datos de carácter personal solicitados deben ser facilitados obligatoriamente para que el Cliente pueda acceder a los referidos servicios, por considerarse necesarios para su mantenimiento y cumplimiento.
La base jurídica que legitima el tratamiento de sus datos está basada en su consentimiento. Sus datos no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal. En cualquier momento podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición o limitación al tratamiento de los datos, así como a su portabilidad a través de escrito adjuntando su DNI o documento equivalente en vigor, ante el responsable del tratamiento.
Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página web: https://somosmuyperros.com/politica-de-privacidad/
Responsable del tratamiento de datos: Raúl Hernández Llorente – CIF: 23017393M
Camino de Santiago 58 – 30835 Sangonera La Seca (Murcia).
T/ +34 682 621 177 Email: info@somosmuyperros.com
Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos: QAVISS SOPHOS ESPAÑA calidaddedatos@qaviss.com.es / T: +34 653 203 429
Decimotercera.– Con renuncia de cualquier fuero propio que pudiera corresponderles, las partes firmantes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Murcia Capital para la resolución de cualquier cuestión litigiosa que pudiera derivarse de la interpretación y/o cumplimiento del presente contrato.
Versión aprobada en enero de 2019.